Sin embargo, este convenio aún no ha sido ratificado en la Organización Internacional del Trabajo. Esto se aprecia en los artículos 13 y 14, que indican que solo se está revisando el convenio y en los artículos posteriores se indican las disposiciones finales a seguir para ratificar el convenio.
Datos curiosos sobre el Convenio No.183:
- Solo 29 de 177 estados miembros han ratificado el convenio.
- Y uno entrará, en vigor en noviembre del 2016: Noruega, y otorgará licencia tanto a los padres como a las madres.
- En América, sólo Belice y Cuba lo han ratificado.
- De los 29 países, Albania y Montenegro otorgan 365 días de licencia por maternidad.
- Otros países otorgan licencia de acuerdo a si el parto es simple, múltiple o la cantidad de hijos que tenga la madre.
Pero el poder ejecutivo dominicano ya aprobó el convenio, ¿Qué significa esto?
Significa que estamos a pocos pasos para que se ratifique el convenio, pero aún no es aplicable a las empleadas dominicanas.
¿Qué podemos hacer?
Alcemos nuestra voz y exijamos al Poder Ejecutivo enviar a la OIT la ratificación de este convenio y que así las madres dominicanas podamos cuidar de nuestros bebés y amamantarles durante un período de tiempo mayor.
Juntas podemos, ¡difunde este artículo y alza la voz!
¡Madresalaobra!
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